CONTROL DIFUSO DE CONVENCIONALIDAD EN MÉXICO
DOI:
https://doi.org/10.5902/2316305410468Resumen
La idea de control difuso de convencionalidad implica que todos los jueces, sin distinción, de los países adheridos a la Convención Interamericana de Derechos Humanos, están constreñidos a jerarquizar los tratados internacionales (convenciones) ante cualquier acto [incluyendo el derecho creado en el ámbito interno].
Significa, que en la solución de controversias, se debe dar primacía a las normas internacionales en materia de derechos humanos, frente a las nacionales, inclusive declarar la invalidez de éstas por ser contrarias a los preceptos trasnacionales, siempre y cuando sean más benéficas para la persona el catalogo de derechos en las convenciones. Una especie de suplencia de la queja americana en derechos humanos.